Creación de la Unidad de Protección

Se crea la Unidad de Protección, como parte de la Oficina de Atención a la Víctima del Delito del Ministerio Público; estará conformada por los equipos técnicos evaluadores que resulten necesarios, los cuales estarán integrados, al menos, por una persona licenciada en Criminología, una persona profesional en Derecho, una persona profesional en Psicología y una persona profesional en Trabajo Social o en Sociología, y un equipo de protección conformado por agentes de seguridad, perteneciente al Organismo de Investigación Judicial (OIJ).



Serán atribuciones de la Oficina de Atención a la Víctima del Delito del Ministerio Público:

  • Elaborar el Programa de protección de víctimas, testigos y demás sujetos intervinientes en el proceso penal, en adelante denominado el Programa.
  • Conocer las solicitudes de medidas de protección formuladas por la víctima, los órganos jurisdiccionales, la Fiscalía General de la República, la Defensa Pública, la persona querellante, el OIJ y el Ministerio de Seguridad Pública.
  • Identificar, autorizar, implementar, modificar y suprimir las medidas de protección destinadas a las personas que califiquen para recibir los beneficios del Programa, previo dictamen de los equipos técnicos evaluadores.
  • Coordinar con el Ministerio de Seguridad y otros organismos gubernamentales o no gubernamentales, el establecimiento o uso de los centros de protección necesarios para brindar las medidas a que se refiere la presente Ley.
  • Encomendar, cuando proceda, la ejecución material de las medidas de protección a la unidad o departamento correspondiente del Ministerio de Seguridad Pública y, cuando se trate de testigos privados de libertad, al Ministerio de Justicia.
  • Requerir, cuando el caso lo amerite, a otras instituciones públicas los servicios para el cumplimiento de sus atribuciones; dichas instituciones deberán atenderlas en tiempo y forma, guardando la reserva que el caso requiera, bajo pena de incurrir en responsabilidad.
  • Informar, a las autoridades y a las personas solicitantes de la protección, la modificación o supresión de todas o algunas de las medidas autorizadas.
  • Solicitar la creación de los equipos técnicos evaluadores y de equipos de protección necesarios por razones del servicio.
  • En lo referente a la realización de peritajes psicosociales a víctimas de delitos sexuales y otras manifestaciones de violencia, independientemente de su edad y sexo; a las víctimas de violencia doméstica, en sede penal, y de violencia en las relaciones de pareja, según la Ley de penalización de la violencia contra las mujeres, debe coordinarse con los equipos interdisciplinarios existentes en el Departamento de Trabajo Social y Psicología del Poder Judicial.
  • Proponer la celebración de convenios y mantener las relaciones, en los ámbitos a nivel nacional e internacional, con organismos e instituciones públicos o privados, para facilitar el cumplimiento de esta Ley. La Oficina de Atención a la Víctima del Delito del Ministerio Público, coordinará con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto lo que sea pertinente, por medio del canal oficial correspondiente.
  • Realizar, en el ámbito nacional, campañas permanentes sobre la difusión de los derechos de las víctimas de los testigos.
  • Coordinar con el Departamento de Trabajo Social y Psicología del Poder Judicial, lo referente a la atención de personas menores de edad víctimas de delitos sexuales y otras formas de violencia, para que se incluyan en el programa que existe en dicho Departamento, para la atención de estas personas.
  • Las demás atribuciones que le señalen esta Ley y su Reglamento. El Reglamento regulará y definirá el tipo de medidas de protección. (Masís, 2013, págs. 73-75
En la siguiente noticia se demuestra la importancia de la creación de la Unidad de Protección de Víctimas a la cual acuden cada vez más para pedir protección.



Referencia

-chaves, K. (16 de Septiembre de 2017). Víctimas acuden cada vez más a la Fiscalía para
pedir protección. La Nación. Recuperado de:



-Masís, Ana Karen Arias Matarrita & María Carolina Barrantes. “La participación de
la víctima de delitos sexuales durante la fase de ejecución dentro del proceso penal
costarricense”. San José: UCR, 2013. Recuperado de:


Comentarios

  1. Buenas tardes compañero:
    Reciba un cordial saludo de mi parte y a la vez me permito felicitarle por la información brindada a cerca de la unidad de protección a las víctimas en nuestro país, la cual viene siendo un programa de asistencia que se dirige específicamente a facilitar el proceso brindando orientación e información a la victima desde el primer momento en que se presentan frente al Sistema Penal. La misma trabaja con la perspectiva de una atención personalizada que involucre diferentes aspectos tales como atención psicológica, defensa, información jurídica etc, donde la persona será referida a diferentes instituciones para un adecuado abordaje de la problemática de la cual fue víctima.

    Importante destacar que la oficina de protección está comprometida a disminuir la revictimización durante el proceso penal brindando asistencia interdisciplinaria a la víctima y coordinando servicios interinstitucionales para la misma sin olvidar que la victima constituye ante todo un conjunto de derechos que le protegen, entre ellos a recibir un trato más humano por parte del Sistema de Justicia a fin de instrumentar la reparación del daño o perjuicio padecido a nivel procesal y extraprocesal con lo que no sólo se procura salvaguardar la integridad y la vida de los sujetos intervinientes en el proceso penal, sino, que además, se procura disminuir la impunidad, en especial el fenómeno de la criminalidad.

    Con esto se ha logrado exitosamente el empoderamiento de las víctimas, conocedoras de sus derechos dentro y fuera de un proceso penal que les ha permitido un adecuado desarrollo integral dentro de la sociedad.

    Saludos cordiales.

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  2. Buenas Tardes Compañero Kevin.

    Leyendo su aporte del Blog, me pareció muy interesante su tema, ya que es un nuevo conocimiento para mi persona, tenia conocimiento acerca de la Oficina de Protección de Víctimas, la cual es parte del Ministerio Público, e igualmente sabia que el Organismos de Investigación Judicial , cuenta con profesionales especializados en la protección y cuidado de las víctimas y testigos de delitos , pero gracias a su importante aporte ahora es de mi conocimiento esta unidad pertenecientes a la Oficina de atención a la víctima de delitos.

    Considero que la creación de este tipo de unidades son realmente importantes y representan un gran avance, beneficiando principalmente a las víctimas de los diferentes delitos, quienes suelen acarrear consecuencias de la ejecución del delito en su contra.

    Además como usted bien lo menciona, estas unidades están conformadas por profesionales que tiene amplio conocimiento y experiencias en el área legal (Judicial), psicológica, criminologica, y un área de Trabajo Social, además en este caso el equipo del Organismo de Investigación Judicial.

    Todos estas áreas en su gran mayoría están conformadas por profesionales, que cuentan con la adecuada preparación y capacitación, este tipo de labores requieren de personas responsables comprometidas con sus labores, tiene en sus manos una gran responsabilidad, el cual consiste en proteger a las víctimas.

    Es importante que el gobierno se comprometa al mejoramiento continuo de este tipo de unidades tan importantes, se les debe brindar ayuda en la implementación de mejoras continuas.

    Referencias Bibliográficas:

    El aporte realizado es un criterio propio.

    Saludos Cordiales.

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  3. Buenas Compañeros

    Todos sus aportes son de gran relevancia, a mi lo que más me llamó la atención de esta Unidad en Particular es que ellos tienen que establecer un plan de atención técnica el cual le brindaran a la persona víctima de un delito por parte del personal especializado correspondiente, esto con la intención de salvaguardar su integridad física, siempre prevaleciendo sus derechos fundamentales.

    Además, el acompañamiento que le tienen que brindar a los ofendidos y familiares del ilícito que también sufren las consecuencias, con la finalidad de que no se vean re victimizados en especial a las personas menores de edad.

    Ciertamente es un trabajo en conjunto con otros entes gubernamentales para que todo el proceso de empoderamiento de las victimas a la larga sea de manera exitosa.

    saludos

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  4. Buenas Tardes

    Me parece muy bien su aporte, lo cual algo énfasis en el tema reconociendo que es de mucha importancia para todos aquellos que por una u otra razón independientemente fueron victimas de un delito, o son testigos necesitando protección posiblemente reciban amenazas a que les pueda suceder algún hecho delictoso.

    y no solo a los testigos sino también a las familias de estos, posiblemente siendo victimas secundarias, trabajando con ayuda especializada para que no recaigan en una revictimización.

    pero sin duda alguna es importante mantener en constante orden y al tanto esta unidad, mejoras en presupuesto, especialistas que trabajen en la prevención , fortaleciendo políticas publicas y criminologicas del país.

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