La participación de la Víctima en el Proceso Penal Capítulo lll Etapas procesales sección primera: La denuncia “Es así, como el numeral 278 de tal legislación, expone que toda persona que tenga noticia de un delito de acción pública podrá denunciarlo al Ministerio Público, a un tribunal con competencia penal o a la Policía Judicial, salvo que la acción dependa de instancia privada”. (Masís, 2013, pág. 97) Ante una acción de agresión, violencia, delito o crimen lo más importante será siempre denunciar ya que esto ayudará a que esas situaciones no sigan sucediendo en la vida de la víctima, a su vez esto hace que las autoridades competentes actúen con el fin de solventar esta problemática con la detención del victimario, además esto deja ver las mayores necesidades que se tienen cuando no se brinda un proceso de atención y protección a quien lo necesita ya que es cuando se presentan reiteradas veces un mismo episodio de victimación. “Si la víctima interpone la denu...