Relación entre la Victidogmática y su aplicación en el Proceso Penal
La víctima es una persona concreta, que discurre por el mismo camino del criminal, aunque en circunstancias diferentes, e igual necesita ser tenida en cuenta por el Derecho Penal para mitigar su dolor, su afectación, en fin, su sufrimiento, sin que ello suponga la ignorancia o menoscabo de los derechos del autor del delito. (Avilés 2010)

La relación entre Victidogmática y su aplicación en el proceso penal es de vital importancia ya que las mismas deben complementarse para buscar el objetivo en común el cual es incorporar a la víctima a sus procesos de manera preventiva en donde se les atienda y asesore de la mejor manera con el fin de evitar que las mismas personas no sean más víctimas de los delincuentes que buscan la persona y el momento indicado, el proceso penal a su vez pretende eliminar el dolor, la afectación, el sufrimiento, esto sin que la ignorancia o menoscabo de los derechos del autor del delito sean violentados.



Según Elena Larrauri, uno de los primeros en admitir el significante papel protagónico de la víctima en el proceso fue el criminólogo noruego Nill Chistrie en 1977, quien popularizo la expresión de que "a la víctima se le roba el conflicto." No es difícil comprender la magnitud de esta frase, si se analiza que la mayoría de las legislaciones adjetivas se caracterizan por limitar la participación de la víctima en el proceso a los requerimientos de la investigación y el esclarecimiento de los hechos desde su condición de mero testigo de cargos. (Avilés 2010)

Las legislaciones adjetivas en la antigüedad y en algunas ocasiones en la actualidad deciden limitar la participación de la víctima en el proceso de la investigación y el esclarecimiento de los hechos desde su condición de testigo a cargo, esto hace pensar que no son un objeto importante o herramienta de su función, hay quienes no creen en esta teoría y prefieren hacer las cosas a su manera lo cual hace del proceso algo largo y cansado para ambas partes y ocasiones los resultados no son los mejores

Pero con el redescubrimiento de la víctima, se ha producido un vuelco en el campo de las Ciencias Penales al insertarla dentro de su campo de atención e investigación, desarrollándose varias tendencias victimológicas que han permeado esta disciplina, las cuales se presentan a continuación:

·      Se le ha otorgado a la víctima cierto protagonismo dentro del proceso penal que le permite tener un papel más vinculante en el enjuiciamiento del hecho penal al ser considerada como sujeto de derecho. (Avilés 2010)

·       Algunos autores proponen la búsqueda de fórmulas más efectivas de resarcimiento, dirigidas a paliar las consecuencias del daño material y moral producidos por el delito. (Avilés 2010)

·      Y finalmente, también podemos decir que existen opiniones tendentes a establecer formas de comunicación entre delincuente, víctima y comunidad, en aras de propiciar una Justicia comunitaria alternativa a la Justicia Penal, que sea más ágil y que deje satisfecha en primer lugar a la víctima. (Avilés 2010)


Referencia

-Avilés, Dager Aguilar. ESTUDIOS CUBANOS SOBRE VICTIMOLOGÍA (COMPILACIÓN).
España: EUMED, 2010. Recuperado de:

Comentarios

  1. Buenas noches compañero.

    A lo largo del curso hemos visto como la victimología logra insertarse en el proceso penal, con lo cual la víctima se convierte en una parte esencial del mismo, desde que la persona interpone la denuncia ya está convirtiéndose en un agente informal del control del delito, así es como inicia la persecución penal.
    De tal manera que la víctima adquiere un papel preponderante, pues cumple ciertas funciones como: iniciar el proceso (como ya se dijo, al denunciar); colaborar con el Ministerio Público y su representante, o sea, el fiscal; ser testigo por lo tanto influyente en la sentencia, presentar pruebas o terminar el proceso. (Vázquez, s.f.)
    Con esas facultades es claro que la víctima puede cambiar completamente el rumbo del proceso, aspecto que en el pasado no era posible, pues la intervención de la víctima era mínima y sólo cuando el sistema de administración de justicia lo considerara pertinente.
    Y no solo eso, sino que ahora se busca la satisfacción de las necesidades e intereses de la víctima, por eso está en el derecho de ejercer la acción civil resarcitoria en los casos que corresponda, así como optar por soluciones alternativas, siempre que la misma se muestre interesada en ello.

    Referencias bibliográficas:
    Vázquez, R. (s.f.). Victimología y proceso penal. Recuperado de: http://www.academia.edu/18442486/VICTIMOLOGIA_Y_PROCESO_PENAL

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